Los gastos de inicio de curso escolar se pagan con la pensión de alimentos o son extraordinarios y, por lo tanto, se pagan por mitades (o el porcentaje que se haya establecido) entre ambos progenitores?
El Tribunal Supremo establece que los gastos de inicio de curso escolar se pagan con la pensión de alimentos, puesto que son gastos que se generan cada año y, por lo tanto, son previsibles.
No obstante, las partes pueden establecer en el convenio regulador que estos gastos se satisfagan por mitades, por ejemplo.
Algunos ejemplos:
Se pagan con la pensión de alimentos |
Son gastos extraordinarios |
Libros de inicio de curso escolar |
Libros de refuerzo |
Material escolar: uniformes, libretas, bolígrafos... |
|
Comedor |
Comedor si cuando se acordó la pensión no se utilizaba este servicio |
Matrícula y mensualidad de la actividad extraescolar de siempre |
Matrícula y mensualidad de la nueva actividad extraescolar |
Cuota escolar |
Si pasan de un colegio público a un concertado, las mensualidades pueden ser extraordinarias |
¿QUÉ PUEDO HACER POR USTED?
PROXIMIDAD: Ofrezco soporte y asesoramiento constante para garantizar que se sienta acompañado durante todo el procedimiento.
COMUNICACIÓN: Me aseguro que entienda todas las opciones e implicaciones legales de su caso, manteniéndole informado en todo momento.
Para más información sobre sus derechos y otras cuestiones legales, no dude en ponerse en contacto conmigo, ya sea a través de correo electrónico info@mfadvocada.com o llamando al 616 925 912. Estoy aquí para asesorarle y ayudarle a comprender sus opciones legales.
No permita que sus dudas queden sin respuesta